El Concilio Vaticano II (CVII) (1962-1965), en Dignitatis humanae, la declaración sobre la libertad religiosa, proclamó las libertades de cultos, de expresión y de enseñanza para las falsas religiones.
Vaticano II, Dignitatis humanae, # 2: “Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos. … Este derecho de la persona humana a la libertad religiosa ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de tal manera que llegue a convertirse en un derecho civil”.
Vaticano II, Dignitatis humanae, # 4: “Las comunidades religiosas tienen también el derecho de que no se les impida la enseñanza y la profesión pública, de palabra y por escrito, de su fe”.
Estas libertades liberales (de cultos, de enseñanza y de expresión) fueron condenadas en reiteradas ocasiones por la Iglesia. Por ejemplo el papa Pío IX las condenó dogmáticamente en su encíclica Quanta cura y en su Syllanus (catálogo) de errores modernos (1864). También fueron condenadas por el papa León XIII en su encíclica Libertas praestantissimum (1888). Estas libertades el CVII las fundamentó en una supuesta mayor conciencia actual de la dignidad de la persona humana.

Vaticano II, Dignitatis humanae, # 12: “El fermento evangélico fue actuando durante largo tiempo en la mente de los hombres y contribuyó poderosamente a que éstos, en el decurso de los siglos, percibieran con más amplitud la dignidad de su persona y madurara la persuasión de que, en materia religiosa, esta dignidad debía conservarse dentro de la sociedad inmune de cualquier coacción humana.”
Vaticano II Dignitatis humanae, # 1: “Los hombres de nuestro tiempo se hacen cada vez más conscientes de la dignidad de la persona humana, y aumenta el número de aquellos que exigen que los hombres en su actuación gocen y usen del propio criterio y libertad responsables, guiados por la conciencia del deber y no movidos por la coacción. Piden igualmente la delimitación jurídica del poder público, para que la amplitud de la justa libertad tanto de la persona como de las asociaciones no se restrinja demasiado.”
La dignidad de la persona humana es un principio que viene desde el Antiguo Testamento (Génesis 1, 26-27), ¿es válido creer que en la actualidad se adquirió una mayor conciencia de la misma? No, es ridículo, siempre, y sobre todo a partir de Cristo se tuvo plena conciencia de la dignidad humana. Por lo cual las mencionadas libertades están mal fundamentadas por el CVII, además de contradecir una enseñanza dogmática.
Además, si “el fermento evangélico” fue actuando de manera creciente en la mente de los hombres, esto tuvo su plenitud en el siglo XIII con Santo Tomás De Aquino, el más santo de los sabios y el más sabio de los santos. Luego “el fermento evangélico” comenzó a declinar cada vez más su influencia en la mente de los hombres. Tal es así que en el siglo XVI se dio la herética Reforma protestante, en el siglo XVII comenzó el racionalismo en la filosofía, luego en el XVIII el masónico iluminismo, luego en el XIX el liberalismo y el socialismo y el comunismo, luego a fines del mismo siglo y comienzos del XX el modernismo, etc. Todas estas cosas fueron condenadas por la Iglesia, de manera que no es válido decir que contribuyeron, junto con una mayor influencia del fermento evangélico en las mentes de los hombres, a una mayor comprensión de la dignidad de la persona humana. Y ni Santo Tomás de Aquino ni los papas posteriores que conocían su filosofía aprobaron una libertad entendida como ausencia de coacción externa. En realidad, decir que “el fermento evangélico” ejerció una influencia creciente en los últimos siglos, es una forma implícita de aprobar todas esas cosas que sucedieron desde el siglo XVI y que fueron reprobadas por la Iglesia.
Pero lo interesante es que tan solo unos pocos años antes del CVII, el papa Pío XII había condenado las libertades liberales entendidas como inmunidad de coacción externa, y las condenó inclusive dentro de la democracia y considerando la dignidad de la persona humana. Resalto esto porque la democracia moderna también actúa como fundamento de las libertades liberales. De manera que Pío XII, muy próximo en el tiempo al CVII, se pronuncio a favor de la regulación de la libertad a través del derecho de coacción del Estado, inclusive en democracia y considerando la dignidad humana. Lo hizo de la siguiente manera:
«Porque si los hombres, valiéndose de su libertad personal, negasen toda dependencia de una autoridad superior provista del derecho de coacción, por el mismo hecho socavarían el fundamento de su propia dignidad y libertad, o lo que es lo mismo, aquel orden absoluto de los seres y de los fines.» (S. S. Pío XII, Benignitas et humanitas, 24 de diciembre de 1944)
Hay que aclarar que Benignitas et humanitas, el documento al que pertenece la cita sobredicha, es un radiomensaje magisterial sobre la democracia. Exactamente nueve años después Pío XII se refirió a esta declaración arriba citada y la explicó:
«Hay, por consiguiente, que reaccionar contra la opinión equivocada según la cual la justa imposición de la autoridad y de las leyes abre necesariamente el camino a la tiranía. Nos mismo, hace algunos años, en esta misma oportunidad (24 de diciembre de 1944), hablando de la democracia, hemos hecho notar que en un Estado democrático, no menos que en otro cualquiera bien ordenado, la autoridad debe ser verdadera y efectiva. Sin duda la democracia quiere realizar el ideal de la libertad; pero ideal es sólo aquella libertad que se aparta de todo desenfreno, esa libertad que une con la conciencia del propio derecho el respeto hacia la libertad, la dignidad y el derecho de los de más, y es consciente de la propia responsabilidad respecto del bien general. Naturalmente, esta genuina democracia no puede vivir y prosperar más que en la atmósfera del respeto hacia Dios y de la observancia de sus mandamientos, no menos que de la solidaridad o fraternidad cristiana.» (S. S. Pío XII, Il popolo, # 23, 24 de diciembre de 1953)
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Hay varias cosas a señalar:
• En la primera cita Pío XII dice que la libertad está limitada por el derecho de coacción del Estado o autoridad superior. Esto es antiliberal. El liberalismo proclama la libertad individual entendida en un sentido negativo, esto es, como ausencia de coacción externa. Por lo cual, aquí Pío XII condena las libertades liberales.
• En la misma cita el papa dice que si no se acepta el derecho de coacción de la autoridad superior en la regulación de la libertad, el hombre estaría socavando el fundamento de su propia dignidad. De manera que Pío XII consideró la dignidad de la persona humana en su reflexión sobre las libertades liberales, y determinó lo contrario al CVII, esto es, que dicha dignidad es violada cuando se conceden las libertades liberales, no cuando se las reprimen, que es lo que declaró el CVII.
• En la segunda cita Pío XII dice que ideal es solo aquella libertad que se aparta de todo desenfreno. Practicar cultos falsos es una libertad desenfrenada. Lo mismo que enseñar o publicar sus falsas creencias.
• Luego dice que la libertad tiene como límite los derechos de los demás. El primer derecho de la persona humana, según el mismo Pío XII, es el derecho a conservar y desarrollar la vida corporal, intelectual y moral (Radiomensaje de Navidad, # 34, 24 de diciembre de 1942). La vida moral es la vida del alma, y los herejes son “ladrones y asesinos de almas” (S. S. Inocencio IV, Ad extirpanda, 15 de mayo de 1252). Por lo cual la propagación de las falsas religiones con sus herejías atentan contra la vida del alma del prójimo. Por lo cual atentan contra el primer derecho de la persona humana. De manera que la libertad de cultos, de expresión y de enseñanza para las falsas religiones, según el papa Pío XII no son derechos que deban ser concedidos.
• Luego Pío XII dice que otro límite para la libertad es el no daño del bien común (“bien general”). La definición de bien común de Pío XII es la siguiente: el bien común es la realización duradera «de aquellas condiciones externas que son necesarias al conjunto de los ciudadanos para el desarrollo de sus cualidades y de sus oficios, de su vida material, intelectual Y RELIGIOSA» (S. S. Pío XII, Radiomensaje del 24 de diciembre de 1942, # 13). La propagación de las falsas religiones atenta contra el desarrollo de la vida religiosa de las personas, por lo cual daña el bien común. Por lo cual, según Pío XII, la libertad de cultos, expresión y enseñanza para las falsas religiones no es un derecho.
• Luego, en relación con lo anterior, Pío XII dice que la democracia exige el respeto a Dios y sus mandamientos. El primer mandamiento es «Yo soy el Señor tu Dios. (…) No tendrás otros dioses delante de mí» (Éxodo 20, 2-3). Por lo cual, según Pío XII las falsas religiones no tienen derechos.
Estas dos declaraciones papales de mediados de siglo XX, muy cercanas al CVII, demuestran que aún en esos años Pío XII mantuvo la enseñanza de que, inclusive en democracia y considerando la dignidad de la persona humana, las libertades liberales están condenadas.
Mientras que el CVII utilizó la dignidad de la persona humana como fundamento de las libertades liberales, el mundo proclama que dichas libertades son inherentes a la democracia, al punto que se piensa que una democracia donde no se conceden dichas libertades es una tiranía y un totalitarismo. Así lo expresa por ejemplo el filósofo argentino Silvio Maresca (ver vídeo pulsar aquí) . Él puntualmente declaró que «la democracia sin liberalismo lleva al totalitarismo inexorablemente». ¿Es esto cierto? Como ya se explicó, los liberales reclaman la libertad individual entendida en un sentido negativo, esto es, como ausencia de coacción. Sin embargo, como ya vimos, el Papa Pío XII en su radiomensaje sobre la democracia del 24 de diciembre de 1944, afirma que el Estado o la autoridad superior está provisto de derecho de coacción, derecho que regula la libertad de las personas. De manera que podemos afirmar categóricamente que la democracia, NO debe ir acompañada de liberalismo político y que es un grave error de filósofos como Silvio Maresca la afirmación de que democracia sin liberalismo es totalitarismo. De hecho en la segunda cita de Pío XII que compartimos al comienzo, el mencionado papa dice lo siguiente:
«Hay, por consiguiente, que reaccionar contra la opinión equivocada según la cual la justa imposición de la autoridad y de las leyes abre necesariamente el camino a la TIRANÍA. Nos mismo, hace algunos años, en esta misma oportunidad (24 de diciembre de 1944), hablando de la democracia, hemos hecho notar que en un Estado democrático, no menos que en otro cualquiera bien ordenado, la autoridad debe ser verdadera y efectiva.» (S. S. Pío XII, Il popolo, # 23, 24 de diciembre de 1953)
De manera que Pío XII declara explícitamente que no es tiránico no conceder las libertades liberales en democracia.
Como conclusión podemos decir que el magisterio de la Iglesia de mediados del siglo XX, pocos años antes del CVII, condenó las libertades liberales, aún considerando la dignidad de la persona humana y la democracia, de manera que esto sirve para condenar a la herética declaración Dignitatis humanae del CVII y a todos los que pretenden que la democracia sea el fundamento de las libertades modernas.
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