La Sección Segunda de la Sala de lo Penal ha condenado a un año y seis meses de prisión como autor de un delito de enaltecimiento del terrorismo a un hombre por colgar un vídeo en YouTube que exaltaba o glorificaba la figura de Osama Bin Laden en “clave o sintonía” de publicitación de los planteamientos yihadistas violentos defendidos por el personaje y, en definitiva, de exaltación y propaganda de ideas de carácter terrorista a través de la exacerbación de sus símbolos, personajes, imágenes o mensajes comunicativos.
Según la Audiencia Nacional, los vídeos colgados exceden de la libertad de expresión, de ideas constitucionalmente protegidas y entran dentro de las conductas prohibidas como enaltecer el terrorismo yihadista.
No ha prosperado el argumento del acusado de que el ordenador portátil donde se elaboraron y donde se encontraron las imágenes pudo ser utilizado por otras personas, tesis que aún de ser cierta, según la Sala, ha quedado sin ningún género de duda probado que era propiedad del acusado, que lo habría prestado para aquellos fines, teniendo en cuenta que la realización de dichos vídeos implican decenas de horas de trabajo, tiempo durante el que el acusado necesariamente tuvo que conocer para que se estaba utilizando el ordenador.
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