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Campaña vecinos: Propuestas tradicionalistas para la gestión municipal

Como se pone de manifiesto en su Programa Político, la Comunión Tradicionalista opta por flexibilizar el sistema electoral de los ayuntamientos dando paso a distintas modalidades que permitan una comunicación más fluida entre los concejales electos y el pueblo. Un examen sobre los problemas que presenta la vida municipal nos convencerá de la poca influencia que las ideologías políticas tienen sobre ellos. La traída de aguas, el saneamiento, la recogida de basuras, el pavimento de las calles, etc. no tienen nada que ver con las ideologías políticas. Es absurdo e ineficaz que los concejales de un municipio se dividan en gobierno y oposición cuando el bien común requiere la aportación de todos ellos. Los Ayuntamientos no pueden seguir siendo un “Congreso de los Diputados” a escala reducida.

Consciente que para el buen funcionamiento de un consistorio se necesitan personas con independencia de criterio, preocupación por el bien común y solvencia moral, entre otras cualidades, y que son los propios vecinos quienes mejor se conocen entre ellos, la Comunión Tradicionalista Carlista estima que el actual sistema de listas cerradas impide que la verdadera voluntad vecinal esté representada en los ayuntamientos. La imposición de candidaturas electorales cerradas, integradas en muchas ocasiones por personas forasteras que desconocen la realidad vecinal, es un dolo electoral municipal. Por ello, la Comunión Tradicionalista Carlista considera enteramente viable que las elecciones celebradas en municipios de reducido número de electores se lleven a cabo mediante el sistema de listas abiertas. Un sistema que conducirá, además, a fomentar la convivencia vecinal por encima de las divisiones que imponen las ideologías. Previendo que los partidos del sistema no van a querer impulsar ninguna medida que discuta su poder, la Comunión Tradicionalista hace un llamamiento a todos los vecinos, y muy especialmente a sus afiliados y simpatizantes, para que con carácter previo a estas elecciones, allí donde sea posible, se convoquen asambleas vecinales -concejos abiertos- con el fin de preparar candidaturas independientes. Se trataría simplemente de elegir a las personas, no a las siglas, que se consideren más capacitadas para gobernar el municipio. Estas candidaturas podrían luego presentarse en la votación oficial con la garantía de constituir una representación más real de los intereses vecinales.

Siguiendo los postulados del principio de subsidiariedad y la apuesta por el municipalismo de la Tradición política hispana, la Comunión Tradicionalista Carlista aboga por una modificación radical del estatuto de los municipios, que elimine su papel como prolongaciones de la partitocracia caciquil, y haga efectiva su conversión en auténticos entes de gobierno, ejerciendo su autoridad en aquellas materias que las familias y asociaciones civiles no puedan ejercer y únicamente resignando en entes superiores- como mancomunidades y diputaciones- aquellas que se vean imposibilitadas de ejecutar. La CTC propone las siguientes medidas:

1. Elección directa y periódica del alcalde por los vecinos, el cual designará a los concejales para ayudarle en su labor de gobierno. Tanto aquel como estos deberán ser personas conocidas, honradas y sin causas pendientes con la justicia. Recibirán salarios dignos en función de su dedicación, provenientes del presupuesto municipal.

2. Todos los servicios públicos serán suministrados por entidades públicas y municipales, y financiados por medio de tasas cuya cuantía pormenorizada se indicará en el recibo de pago al ayuntamiento que se girará a los vecinos.

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3. En los municipios pequeños (aproximadamente menos de 2.000 habitantes, dependiendo de orografía y demografía) el control de su gobierno se realizará directamente por reuniones periódicas con los vecinos.

4. En los municipios mayores, su labor se verá auxiliada por un Consejo o consistorio de representantes de los empadronados. Los ediles recibirán su sueldo de aquellas entidades asociativas que los elijan (no del ayuntamiento).

5. El Consejo tendrá atribuciones de votación de control de presupuestos, propuesta y aprobación de proyectos, denuncia de actuaciones públicas, y en conjunto, mejoramiento de todo aquello relacionado con los bienes comunes del municipio. Sus decisiones serán efectivas con dos tercios de los votos.

6. Los ediles o consejeros representarán a las fuerzas sociales del municipio, y serán (dependiendo del tamaño y características de cada municipio) elegidos por los vecinos por barrios (o urbanizaciones), por actividades económicas (agricultura, ganadería, pesca, minería, industria, comercio, profesiones liberales, etc), por oficios (sindicatos, cooperativas, gremios, colegios, etc), por asociaciones educativas (escuelas, institutos, universidades dónde las hubiera) y culturales (comisiones festeras, clubs deportivos, círculos o ateneos culturales, cofradías religiosas, etc), encargadas de trasladar al alcalde las inquietudes y propuestas de sus representados. Cada municipio tendrá aquellos que mejor representen el alma y esencia del mismo.

7. Los presupuestos del ayuntamiento y su empleo exacto serán públicos y notorios y de fácil acceso a cualquier empadronado que los solicite, por todos los medios de comunicación existentes.

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8. Existirá la figura de un Contador o Síndico de Cuentas, encargado de comprobar y fiscalizar puntualmente los presupuestos municipales y su empleo, el patrimonio de alcalde, concejales y ediles desde el comienzo hasta el final de su empleo público (juicio de residencia), no pudiendo ser elegido ninguno que se niegue a someterse a la fiscalización del Contador. Asimismo, escuchará y efectuará cualquier inspección especial que le soliciten los vecinos, poniendo en conocimiento público del pueblo (y en su caso, de la justicia), cualquier actuación irregular. El Síndico será elegido periódica y directamente por los vecinos, y pagado a cuenta de las arcas municipales; deberá ser persona de probada honradez y experiencia, sin causas pendientes con la justicia y con conocimientos de derecho y contabilidad.

 

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