El viernes 17 de junio de 2016 figurará en todas la agendas provida de España al haberse conseguirse hoy la condena del doctor Carlos Morín y del psiquiatra Pascual Javier Ramón a la pena de un año y medio de cárcel por 11 delitos de abortos ilegales.
El Centro Jurídico Tomás Moro se felicita de esta Sentencia, que aunque no cumple las expectativas por cuanto las penas son livianas en consideración a las muertes de nasciturus causadas, sin embargo si alienta a ese Centro Jurídico Tomás Moro a seguir adelante en el control de las clínicas abortivas que incumpliendo la ley realizan abortos fuera de los supuestos establecidos legalmente.
No obstante el Centro Jurídico Tomás Moro manifiesta al pueblo español que su único objetivo es lograr el aborto cero, dado que la vida ha de ser protegida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural. Cualquier aborto implica el reconocimiento de las deficiencias de un Estado Social de Derecho que no sabe o no quiere tutelar el derecho de los más indefensos, a saber: los menores no nacidos y las madres desatendidas por un estado de bienestar que las deja abandonadas a su suerte.
La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado Sentencia en el conocido caso del Doctor Morín. Dicha Sentencia considera que Morín «es autor mediato» de 11 delitos de aborto porque «sabía que con la actividad diseñada y organizada por él en las clínicas» iban a producirse interrupciones del embarazo «sin cumplir con los requisitos» de uno de los tres supuestos para los que la ley de 1985 despenalizaba el aborto. Se trata del «grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada». La sentencia considera que los test «estándar» que rellenaban las madres no eran suficientes para determinar ese grado de riesgo por lo que condena tanto a Morín como al psiquiatra Pascual Javier Ramón (a este último por firmar dictámenes que la Sala considera “falsos o simulados”).
El caso del doctor Morín se inició en el año 2006 cuando varias asociaciones (Centro Jurídico Tomás Moro, Alternativa Española y E- Cristians) denunciaron ante la justicia la trama de abortos ilegales que se desarrollaba en las clínicas del doctor Morín (Ginemedex, TCB y Barnamedic).
Si bien es cierto que en el año 2013 la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona absolvió a Morín, sin embargo el Tribunal Supremo estimó el recurso que de forma conjunta presentaron Alternativa Española y el Centro Jurídico Tomás Moro, anulando la Sentencia y obligando a la Audiencia Provincial de Barcelona a celebrar nuevamente el juicio.
Desde el Centro Jurídico Tomás Moro expresan su obligación moral de felicitar tanto a la Fiscalía como a otra de las acusaciones populares, Alternativa Española, por cuanto la primera ha desarrollado un escrupuloso trabajo forense en la defensa del derecho a la vida, y la segunda ha prestado su generoso apoyo a la acusación mantenida por el Centro Jurídico Tomás Moro.
Igualmente desde el Centro Jurídico quieren transmitir a la ciudadanía la necesidad de seguir trabajando esperanzados por el derecho a la vida y por la consecución de un estado social de derecho comprometido realmente con la vida. Más de diez años llevan sus abogados trabajando en el conocido como caso Morín gracias al generoso apoyo ciudadano, y gracias al esfuerzo de valientes abogados que han empeñado su prestigio profesional y han entregado su esfuerzo por la única causa que merece la pena luchar: por el triunfo de la vida.
El presidente del Centro Jurídico Tomás Moro, don Javier Pérez- Roldán Suanzes ha manifestado que “aunque esta sentencia parece sólo un pequeño avance en la lucha contra el aborto, sin embargo supone un gran precedente en la lucha a favor de la vida y en la defensa de las mujeres manipuladas por una ideología de género que quiere invadir la totalidad de nuestras conciencias. Esta Sentencia demuestra una vez más que el compromiso con la vida acaba teniendo recompensa”