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¿Se pueden otorgar privilegios a las personas en función de su actividad sexual?

Dentro de muy pocos días se va a aprobar una ley en el parlamento catalán que prohibirá a los padres:

  • Oponernos a la educación homosexual, bisexual, lesbiana y transexual “especialmente en las guarderías”.
  • Decir en público que los niños tienen derecho a un padre y una madre.
  • Educar a nuestros hijos y nietos de acuerdo con nuestros valores: la ideología de género será materia obligatoria en todos los colegios.

Se llama “Ley del derecho de las personas gays, lesbianas, bisexuales y transexuales y para la erradicación de la homofobia, la lesbofobia y la transfobia”y si no la paramos, dejará la educación sexual de los niños en manos del Estado y creará organismos políticos de control de la libertad de expresión y de opinión.

Hay un plan perfectamente organizado. Saben que una ley de ámbito nacional, aprobada en el Congreso de los Diputados, con estos planteamientos no pasaría: la oposición ciudadana y el consiguiente el escándalo en la opinión pública lo impedirían. No se atreven a presentar una ley de estas características para toda España. Por eso están aprobando, una por una, leyes autonómicas, intentando que pasen más desapercibidas.

Lo consiguieron en Galicia, donde el PP presentó y aprobó una ley de este tipo. La segunda etapa es Cataluña, donde debe votarse dentro de unas pocas semanas. Le sigue Andalucía. Y si lo consiguen, continuarán por la Comunidad Valenciana y el País Vasco.

Qué dice esta ley:

  • Introduce el concepto de “coeducación homosexual” y la enseñanza homosexual, bisexual, lesbiana y transexual en el currículo académico y la enseñanza de sus modelos de familia correspondientes (artículo 12). Esto se ha de aplicar “especialmente en las guarderías” (artículo 12.5).
  • Destruye el concepto de familia entendida como la unión de un hombre y una mujer, al imponer que las parejas homosexuales, bisexuales, lesbianas y transexuales son matrimonio a todos los efectos (artículo 6). Entre las consecuencias de esta ley, por ejemplo, el artículo 21. 5 señala que las parejas lesbianas se beneficiarán de todas las ayudas existentes “en las técnicas de reproducción asistida”.
  • Establece privilegios legales y políticos exclusivos para homosexuales, lesbianas, bisexuales y transexuales y sus “familias”. Por ejemplo, se crean órganos de control homosexual (artículo 7) y un órgano de Gobierno LGTB (artículos 8 al 11). Se crea un “Consell Nacional de lesbianes, gais i homes i dones bisexuals i transsexuals” ante el que las administraciones públicas deben rendir cuentas.
  • Otorga privilegios económicos y laborales a las personas en función de su actividad sexual: las personas homosexuales, lesbianas, bisexuales y transexuales gozarán de medidas gubernamentales especiales de fomento a la contratación.
  • Acaba con la libertad de comercio al imponer la promoción de “medidas directas de fomento de la contratación de personas transexuales” (artículo 22.1.a).
  •  Prohíbe a los propietarios de negocios elegir el mercado al que quieren dirigirse. El artículo 23 obliga a los empresarios privados y a las iniciativas comerciales públicas a “expulsar del local” a las personas “que falten al respeto a otras personas por razón de su orientación sexual, opción afectiva sexual o su identidad de género” (artículo 2.a).
  • Atenta contra la libertad religiosa al implicar a las confesiones religiosas en la divulgación de los privilegios en función de la actividad sexual de los individuos. El artículo 25.2b habla de “establecer una comunicación estable con el conjunto de representantes de las creencias religiosas que conviven en Cataluña”, si bien no se atreve a explicitar en qué consiste esa “comunicación estable”.
  • Establece la censura en los medios de comunicación al imponerles el “control de los contenidos así como de la publicidad, para que sean respetuosos con las personas LGTB” (artículo 15c).
  • Impone la “identidad de género” en las políticas de inmigración: “Introducir la diversidad afectiva y sexual y de identidad de género como una área más en el ámbito de la inmigración” (artículo 25.2a).
  • Establece multas de hasta 500.000 euros para quien no se pliegue a esta ley.
Puede leer:  Fundación Mujeres pide a los Colegios profesionales que reaccionen contra la aplicación del SAP

Ahora es Cataluña, como antes Galicia. Mañana, la Comunidad Valenciana y el País Vasco. Pasado, Madrid o cualquier otra autonomía. Es un plan pensado para introducir por la puerta de atrás privilegios impropios de una democracia madura que responden a oscuros intereses electorales.

Su fin:

  1. Recortar nuestras libertades civiles sorteando la Constitución y las instituciones nacionales.
  2. Usurpar la patria potestad de los padres.
  3. Imponer con amenazas el pensamiento único: solo puedes opinar sobre lo que el Estado considera que puedes opinar, y de la manera en que el Estado quiere que opines.

La plataforma ciudadana HazteOir.org ha creado una alerta para que los ciudadanos libres puedan firmarla y tratar de parar esta nueva iniciativa legislativa a favor de la ideología de género.

Dicha plataforma pide la firma a todo aquel que no quiera renunciar a derechos fundamentales, que no quiera convertirtse en ciudadano de segunda y sospechoso habitual. Para firmar la solicitud puedes hacerlo en el siguiente enlace, pulse aquí

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