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El Supremo confirma la pena de siete años y medio de cárcel a un proxeneta que ocultó a Hacienda 8,5 millones de euros procedentes del negocio de la prostitución

El procesado dirigía “un conjunto de medios personales y materiales dedicados a la explotación de la actividad de la prostitución ejercida por terceras personas, cuyos beneficios incorporaba a su patrimonio”


 

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 7 años y medio de cárcel por tres delitos contra la Hacienda Pública impuesta a un hombre dedicado a negocios de prostitución en Madrid, S.A.K.K., que ocultó al fisco más de 8,5 millones de euros de beneficios de dichas actividades en los años 2007, 2008 y 2009.

El Supremo ratifica la pena de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid, así como la multa de 8,8 millones de euros, y aumenta además, al estimar el recurso del abogado del Estado, la responsabilidad civil de 3 millones de euros que también fue condenado a pagar a la Hacienda Pública en concepto de indemnización por las cuotas defraudadas en las declaraciones de IRPF de los tres ejercicios citados. La sentencia corrige a la Audiencia de Madrid en este único punto y determina que deben aplicarse intereses de demora a esas cuotas tributarias no satisfechas desde el incumplimiento de la obligación de pago.

Según los hechos probados de la sentencia confirmada, S.A.K.K. dirigía desde fecha no concretada, pero en cualquier caso anterior al año 2002, “un conjunto de medios personales y materiales dedicados a la explotación de la actividad de la prostitución ejercida por terceras personas, cuyos beneficios incorporaba a su patrimonio”.
Como consecuencia de ser objeto en los años 2004 y 2005 de varias inspecciones fiscales, con auxilio de terceras personas no identificadas diseñó un complejo entramado societario formado por empresas que no realizaban la actividad que constituía su objeto social, ni la consignada en el impuesto sobre actividades económicas.

“La actividad de prostitución proporcionaba al acusado en la mayoría de los casos el 50% de la cantidad que pagaban los clientes; en algunas ocasiones, de mucha menor importancia, por la especialidad de los servicios, el porcentaje que correspondía el acusado era del 33%. Los ingresos procedentes de esta actividad se producían en su mayor parte en efectivo y el resto por ingresos procedentes del uso de tarjetas bancarias”, según se ha declarado también probado.

Con la actividad de la prostitución, S.A.K.K. obtuvo ingresos de 10,2 millones de euros; 9,8 millones y 8 millones en los años de 2007, 2008 y 2009 respectivamente; y en esos años los gastos derivados de la misma actividad ascendieron a 5,6 millones, 7,3 millones y 6,6 millones. Por lo que el beneficio obtenido ascendió a 4,6 millones en el año 2007; 2,5 en el año 2008 y 1,4 en el año 2009. “Dicho beneficio fue ocultado a la Hacienda pública voluntariamente y con la intención de excluirlo del gravamen tributario que le correspondía y debe ser imputado personalmente a S.A.K.K por desarrollar personalmente la explotación de la actividad de prostitución”, añade la sentencia.

S.A.K.K. es condenado a dos penas de 3 años de cárcel cada una por los delitos fiscales de los años 2007 y 2008, por el agravante de superar en ambos casos las cuotas defraudadas los 600.000 euros, y a una tercera pena de 1 año y medio de prisión por el delito correspondiente al año 2009, donde la cuota defraudada no superó esa cifra.
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