Connect with us

Hi, what are you looking for?

Tradición VivaTradición Viva

Actualidad

Un ‘youtuber’ es absuelto de abuso sexual

La justicia en España empieza a tener un problema muy grave pues parece que los jueces dan por buena la posibilidad de conformarse convicciones sin apoyo en las pruebas, y los hechos declarados probados, en realidad de reconocer que existen denuncias falsas.

La Audiencia Provincial de Madrid, en un claro ejemplo de cinismo, en lugar de reconocer que no se ha probado la existencia de ningún delito, reconoce que desconfía de la “simplista hipótesis exculpatoria del acusado” y le absuelve “aunque sea a costa de asumir el riesgo de impunidad de infracciones muy graves” en virtud de la presunción de inocencia


Esto no tiene nombre, o lo tiene muy fuerte que preferimos no reproducir, y la Audiencia Provincial de Madrid, ante la ausencia de pruebas, manifiesta que desconfía de la hipótesis del acusado en lugar de decir lo que en puridad procede: que desconfía de la versión de la denunciante.
La Sección 29 de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al ‘youtuber’ D.R. de los delitos de abuso sexual a menor y ciberacoso sexual a una menor, por los que el Ministerio Público solicitaba cinco años de cárcel, al no haberse probado en el curso de la vista oral que el acusado y la menor se besaran en la boca durante una visita de él a Madrid el 8 de febrero de 2016, ni que después se fueran al Retiro y allí volviera a besarla, la tocara en la zona vaginal y el pecho y le propusiera mantener relaciones sexuales.

Tampoco ha podido acreditarse en el juicio el segundo de los delitos, pues si bien después de ese día ambos mantuvieron contacto a través de las redes sociales hasta el mes de abril, no ha quedado probado que el acusado propusiera a la menor quedar de nuevo con él.

Los jueces absuelven, por tanto, al youtuber de los hechos por los que se sentó en el banquillo, al no haberse podido enervar durante el plenario la presunción de inocencia, que da derecho a no ser condenado sin prueba de cargo válida, pero en lugar de declarar su inocencia, le condenan, pero sin pena, pues dicen que no le condenan por no haberse acreditado los hechos. Pues miren ustedes, señores jueces, si no se han probado los hechos, de lo que ustedes han dudado, aunque no lo reconozcan, es de la versión de la denunciante.

Y la prueba de cargo en este caso es la declaración testifical de la menor víctima, dado el contexto de intimidad en el que, según relata, se produjeron los abusos y el ciberacoso. Y “ninguno de los elementos que cuestionan la imputaciones –dice la sentencia-, es ciertamente definitivo”. Ni lo es la declaración de la testigo víctima, ni las declaraciones del resto de testigos, que entran en contradicciones, ni lo es “la simplista hipótesis exculpatoria del acusado, se señala en la sentencia, de que todo es una conspiración ideada” por la víctima y las testigos. Estamos muy lejos también de poder tener por acreditada esa explicación. Hay también cosas que no cuadran”, afirman los jueces.

“En esta situación de tener que elegir entre dos versiones que ninguna de ellas se presenta como segura, el sistema procesal penal obliga a encarar uno de esos dos caminos: el que proporciona la seguridad de que ningún inocente será condenado aunque sea a costa de asumir el riesgo de impunidad de infracciones muy graves.

Puede leer:  CHILE: La masonería ya no oculta que maneja el país a su antojo

En casos como este la presunción de inocencia se alza impidiendo una condena no asentada en una prueba concluyente y rotunda. No basta la convicción subjetiva del juzgador, dice la sentencia. Se hace precisa esa base probatoria sólida que aquí se echa en falta” para condenar por abuso sexual a menor.

En cuanto al delito de ciberacoso, no hay duda de que ha existido el contacto por un medio tecnológico, el teléfono móvil, y se propuso un encuentro, que fue aceptado por la menor. “Sin embargo –refiere la sentencia-, no ha quedado probado que el encuentro fuera para ejecutar actos de carácter sexual sobre la denunciante”.

La justicia en España empieza a tener un problema muy grave pues parece que los jueces dan por buena la posibilidad de conformarse convicciones sin apoyo en las pruebas, y los hechos declarados probados.

Written By

TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen.

Click to comment

También puedes comentar con facebook:

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Boletín Gratuito

Reciba gratuitamente en tu correo la selección de artículos del editor.
Advertisement

DESTACADOS

El nuevo orden mundial (NOM)

Historia del carlismo

Advertisement

Actualidad

Ayer, 9 de mayo, día de Europa, tuvo lugar en el Aula Magna de la Universidad CEU San Pablo (C/ Julián Romea, 23, Madrid)...

Actualidad

Por Stefano Gennarini, J.D. (C-Fam) La Agencia de la ONU para la Infancia no contempla en su política el consentimiento paterno para administrar a...

Cultura

Woke, wokismo, wokista, los anglicismos que poco a poco van conquistando el espacio de debate público, intelectual, político y social en todo el mundo occidental. Son...

Actualidad

Por Rebecca Oas, Ph.D. y Stefano Gennarini, J.D.  (C-Fam) El Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS) pidió a los líderes mundiales...

Advertisement

Copyright © 2024. Creado por la Asociación Editorial Tradicionalista - redaccion@tradicionviva.es Revista de historia, actualidad y análisis tradicionalista. Editada en Madrid (Spain). Fundación: 2010. - ISSN 2253-8569 - Director: Carlos Pérez- Roldán Suanzes. Director honorario: Jose Antonio Pérez- Roldán y Rojas. TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen. Garantizar esta libertad de pensamiento depende de ti, querido lector. Por ello te pedimos que difundas nuestra publicación, y colabores remitiéndonos artículos y estudios que no tienen cabida en otros medios de comunicación.