Connect with us

Hi, what are you looking for?

Tradición VivaTradición Viva

Actualidad

El 82,6 por ciento de las sentencias dictadas por delitos de corrupción durante el segundo trimestre de 2022 fueron condenatorias

Los órganos judiciales procesaron a 19 personas, tres de ellas jurídicas, durante ese mismo periodo.

Los jueces y juezas españoles dictaron auto de apertura de juicio oral o de procesamiento contra 21 personas en dos procedimientos por corrupción. De las 21 personas que fueron o serán llevadas a juicio por este tipo de delitos, 3 eran personas jurídicas. 

Así lo revela el repositorio de datos sobre procedimientos por corrupción del Consejo General del Poder Judicial tras la incorporación de la información correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de este año, que también incluye el número de sentencias dictadas, que fue de 23. 

El repositorio, que fue presentado el 12 de enero de 2017, es de acceso público en la web www.poderjudicial.es y permite a la ciudadanía conocer la acción de la Justicia en el marco global de la lucha contra la corrupción a través de sus principales indicadores –personas acusadas y/o procesadas, procedimientos, sentencias dictadas, etcétera-, que se actualizan de forma trimestral. 

La información que ofrece el repositorio corresponde a la denominada corrupción pública, entendiendo que es ésta la que más altos índices de preocupación causa en la ciudadanía. De este modo, los procedimientos judiciales cuyos datos se reflejan en el repositorio tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo la afectación de dinero público, abarcando así tanto la corrupción administrativa como la corrupción política.  

Estos fenómenos se recogen en el Código Penal como delitos de prevaricación urbanística (artículos 320 y 322), prevaricación administrativa (art. 404, 405 y 408), infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (art. 413, 414, 415, 416, 417 y 418), cohecho (art. 419, 420, 421 y 422), tráfico de influencias (art. 428, 429 y 430), malversación (art. 432, 433, 434 y 435), fraudes y exacciones ilegales (art. 436, 437 y 438), negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función (art. 439, 441, 442 y 443) y corrupción en las transacciones comerciales internacionales (artículo 286 ter). 

Sentencias dictadas 

Entre el 1 de abril y el 30 de junio de este año, los Juzgados y Tribunales dictaron 23 sentencias en procedimientos por delitos de corrupción. De ellas, 19 fueron condenatorias y 4, absolutorias, lo que supone que el fallo fue condenatorio en el 82,6 % por ciento de los casos. 

La información ofrecida detalla si las sentencias han sido absolutorias o condenatorias y, dentro de éstas últimas, si lo han sido con o sin conformidad, así como si han sido parcialmente condenatorias (tanto porque no se haya condenado por todos los delitos por los que se acusaba o porque no se haya condenado a la totalidad de los acusados). 

Acceda al repositorio de datos de procedimientos por delitos de corrupción en el siguiente enlace:

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Transparencia/Repositorio-de-datos-sobre-procesos-por-corrupcion/Consulta-de-datos/

COMPARTE:

Advertisement. Scroll to continue reading.

TE NECESITAMOS: Google nos ha censurado la publicidad por ser peligrosa nuestra información. Somos un espacio de análisis lejos de los dogmas de la corrección política por lo que puedes  colaborar haciendo una DONACIÓN (pulsando aquí)


EMBÁRCATE EN LA LUCHA CONTRARREVOLUCIONARIA: Si quieres defender la cristiandad y la hispanidad, envíanos tus artículos comentando la actualidad de tu país hispano, o colaboraciones sobre la fe católica y la cultura, así como reseñas de libros, artículos de opinión… Ya superamos las 12.000.000 de páginas vistas anualmente en todo el mundo, únete a nuestro equipo de voluntarios y difunde la verdad compartiendo en redes sociales, o remitiendo tus colaboraciones a redaccion@tradicionviva.es . Puedes seguirnos en Telegram: t.me/tradicionviva / Facebook: @editorial.tradicionalista / Twitter: @Tradicion_Viva / Youtube: youtube.com/c/tradicionvivaTv / Suscríbete a nuestro boletín digital gratuito, pulsa aquí.

Puede leer:  Libertad de expresión para ciudadanos no solo para políticos

TE NECESITAMOS: Somos un espacio de análisis lejos de los dogmas de la corrección política; puedes colaborar haciendo una DONACIÓN (pulsando aquí)

Written By

TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen.

Click to comment

También puedes comentar con facebook:

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Nuestros libros

Boletín Gratuito

Reciba gratuitamente en tu correo la selección de artículos del editor.
Advertisement

DESTACADOS

Lo + leído

En Amazon

El nuevo orden mundial (NOM)

Historia del carlismo

Advertisement

Videos

El editor recomienda VÍDEOS: Los mitos de la «represión franquista» - Francisco Bendala Las NAVAS de TOLOSA: La BATALLA más DECISIVA de la RECONQUISTA...

Opinión

La reforma del art. 49 de la Constitución, además de abrir la Caja de Pandora de la reforma constitucional, supone la consagración constitucional de...

Opinión

El Poder Judicial no es una administración pública más, como querría el sanchismo, sino uno de los tres poderes básicos en todo Estado de...

Cultura

En los primeros años del siglo XX tuvieron lugar acontecimientos capitales en la historia contemporánea de Portugal —totalmente ignorados por los españoles, naturalmente—: el...

Advertisement

Copyright © 2023. Creado por la Asociación Editorial Tradicionalista - redaccion@tradicionviva.es Revista de historia, actualidad y análisis tradicionalista. Editada en Madrid (Spain). Fundación: 2010. - ISSN 2253-8569 - Director: Carlos Pérez- Roldán Suanzes. Director honorario: Jose Antonio Pérez- Roldán y Rojas. TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen. Garantizar esta libertad de pensamiento depende de ti, querido lector. Por ello te pedimos que difundas nuestra publicación, y colabores remitiéndonos artículos y estudios que no tienen cabida en otros medios de comunicación.