La Audiencia Provincial de Segovia ha confirmado la resolución del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sepúlveda que en noviembre de 2017 condenó a la concejal de Catarroja (Valencia) Datxu Peris (Guanyar Catarroja) por una intromisión ilegítima en el derecho al honor del torero Víctor Barrio.
El fallo de instancia consideró que el contenido del mensaje publicado en la página de la red social Facebook de la demandada constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor del torero, y la condenó a retirarlos de su página en la red social. Asimismo, la condenó a publicar la sentencia y a pagar una indemnización de 7.000 euros en concepto de daños morales y perjuicios.
El auto, proporcionado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha corroborado la argumentación de la jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sepúlveda, donde se celebró el juicio oral, y ha insistido en que la tauromaquia es una actividad «lícita». Asimismo, la magistrada de la Audiencia ha determinado que la expresión «asesino» para dirigirse a un torero, por el mero hecho de serlo, es «claramente vejatoria».
Otra vez una representante de la nueva/vieja política condenada por sembrar el odio.