Connect with us

Hi, what are you looking for?

Tradición VivaTradición Viva

Actualidad

Absuelto un menor acusado de participar en una violación grupal

La autoridad judicial no ha considerado probada sin fisuras la falta de consentimiento de la denunciante, también menor. La joven denunció a cuatro adultos y a un menor; los primeros aún no han sido juzgados

Varios testigos declararon que « la joven regresó de su encuentro con los cinco acusados en un apartamento aquella noche jactándose de haber practicado el sexo con todos ellos». La justicia nos demuestra una vez más lo perdida que está nuestra sociedad. Preocupante es que hubiera existido una violación grupal, pero igualmente preocupante es que una menor pueda «presumir» de haber mantenido relaciones sexuales con cinco hombres.

El Juzgado de Menores número 1 de Las Palmas ha absuelto por falta de pruebas a un menor de 16 años (15 cuando fue denunciado) acusado de participar en la violación grupal con lesiones de otra menor -de 16 años- en complicidad con otros cuatro varones mayores de edad, en la noche de San Juan de 2018 en una playa de Gran Canaria (Las Palmas).

El proceso contra los adultos aún no ha sido enjuiciado (en su momento, se celebrará ante la Audiencia Provincial de Las Palmas).

La magistrada que enjuició exclusivamente el proceso contra el menor, Reyes del Carmen Martel, expone en la sentencia que no existe suficiente prueba de que el acusado impusiese a la denunciante la práctica de actos sexuales por la fuerza con utilización de violencia o intimidación, “debiendo ser aplicado en este caso el principio in dubio pro reo” (en caso de duda, a favor del acusado).

Entre otras cuestiones, la magistrada destaca que varios testigos amigos de la denunciante y sin sospecha de animosidad hacia ella declararon en el juicio que la joven regresó de su encuentro con los cinco acusados en un apartamento aquella noche jactándose de haber practicado el sexo con todos ellos.

La jueza enfatiza la doctrina del Tribunal Supremo que considera “inadmisible” fundar la resolución de un caso “en una especie de auto de fe incondicionado en la veracidad de la versión de quien se dice víctima, por repugnante que sea el hecho denunciado, la vulnerabilidad de aquella o la frecuencia de este tipo de hechos”.

La magistrada explica que también ha valorado especialmente la declaración de un amigo de la denunciante con quien, de manera no controvertida, la joven habló por teléfono en la noche de los hechos en tres ocasiones, una de ellas en la misma escena de los actos sexuales, un apartamento turístico.

La sentencia también alude a las contradicciones en las que incurrió la denunciante durante el proceso judicial, y señala: “en el caso presente concurren pluralidad de circunstancias y de elementos que nos hacen dudar de si la resistencia ofrecida por la víctima en atención a las circunstancias (…), y por eso mismo existe inseguridad respecto a que por su parte hubiera una negativa seria y real a mantener relaciones con el acusado y en grupo”.

“No niego que en algún momento existiera oposición y negativa de la víctima al acceso carnal”, enfatiza la magistrada, “pero no estoy convencida de que dicha negativa hubiera sido expresada de manera seria, persistente e inequívoca, y por eso mismo el acusado y los coinvestigados pudieran interpretar que la relación fue consentida”.

El menor estuvo internado cautelarmente en régimen cerrado por los hechos de los que ahora ha sido absuelto.

Advertisement. Scroll to continue reading.
Puede leer:  El Tribunal Superior de Navarra prohíbe un homenaje a un preso de ETA fallecido

TE NECESITAMOS: Google nos ha censurado la publicidad por ser peligrosa nuestra información. Somos un espacio de análisis lejos de los dogmas de la corrección política por lo que puedes  colaborar haciendo una DONACIÓN (pulsando aquí)

Written By

TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen.

1 Comment

También puedes comentar con facebook:

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Boletín Gratuito

Reciba gratuitamente en tu correo la selección de artículos del editor.
Advertisement

DESTACADOS

El nuevo orden mundial (NOM)

Historia del carlismo

Advertisement

Actualidad

Ayer, 9 de mayo, día de Europa, tuvo lugar en el Aula Magna de la Universidad CEU San Pablo (C/ Julián Romea, 23, Madrid)...

Opinión

El Poder Judicial no es una administración pública más, como querría el sanchismo, sino uno de los tres poderes básicos en todo Estado de...

Opinión

He conocido la muerte de Alejandro Nieto, por una colaboración mandada a este digital por el infatigable Ramiro Grau Morancho. En el mismo dice...

Opinión

Leo en un diario de papel, de esos que ojeo en el bar, tomando café, que ha fallecido el excelentísimo señor don Alejandro Nieto...

Advertisement

Copyright © 2024. Creado por la Asociación Editorial Tradicionalista - redaccion@tradicionviva.es Revista de historia, actualidad y análisis tradicionalista. Editada en Madrid (Spain). Fundación: 2010. - ISSN 2253-8569 - Director: Carlos Pérez- Roldán Suanzes. Director honorario: Jose Antonio Pérez- Roldán y Rojas. TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen. Garantizar esta libertad de pensamiento depende de ti, querido lector. Por ello te pedimos que difundas nuestra publicación, y colabores remitiéndonos artículos y estudios que no tienen cabida en otros medios de comunicación.